La Diputación de Badajoz pide archivar las actuaciones del Tribunal de Cuentas
16 de Septiembre de 2026
Diputación de Badajoz / Archivo
La Diputación de Badajoz ha solicitado al Tribunal de Cuentas el archivo de las actuaciones relacionadas con varias denuncias que plantean posibles responsabilidades por alcance derivadas del contenido de la sentencia 152/2026 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz.
La institución provincial ha presentado sus alegaciones después de recibir, el pasado 9 de septiembre, una diligencia de ordenación del Tribunal de Cuentas en la que se concedía un plazo para pronunciarse sobre el nombramiento de Delegado Instructor y la procedencia del archivo de las actuaciones.
En el escrito remitido al Tribunal de Cuentas, la Diputación sostiene que procede el archivo al considerar que no concurre ninguno de los elementos previstos en el artículo 59 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Esta posición se apoya, según explica la institución provincial, en los informes recabados específicamente para analizar las circunstancias del caso y la normativa aplicable.
TRES SOLICITUDES PARA RECLAMAR LAS CANTIDADES
Antes de recibir la diligencia del Tribunal de Cuentas, la Diputación ya había recibido tres comunicaciones procedentes de un particular, un partido político y una asociación.
En ellas se solicitaba el inicio de un procedimiento para exigir a dos de las personas condenadas en la sentencia el reintegro de las cantidades que habían percibido por los servicios prestados para la institución provincial.
La cuestión está vinculada a la sentencia 152/2026 de la Audiencia Provincial de Badajoz, aunque la Diputación recuerda que el fallo todavía no ha sido formalmente notificado.
Además, contra la resolución cabe presentar recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. La institución señala asimismo que, tras tener conocimiento de la sentencia, se ha formulado una solicitud de subsanación, aclaración o precisión de la misma.
A la vista de la situación procesal, la Diputación de Badajoz considera que en este momento no procede realizar ninguna actuación relacionada con el reintegro de los haberes solicitado en ejecución de la sentencia 152/2026.
La institución provincial precisa que esta posición se refiere al actual estado del procedimiento y se mantiene sin perjuicio de otros trámites que puedan corresponder en aplicación de legislación sectorial específica o electoral.
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